Ética e integridad editorial
Editorial PRAXIS · Responsabilidad académica
Integridad en la creación y publicación del conocimiento
Esta política establece las responsabilidades éticas de quienes participan en la preparación, evaluación y publicación de libros, monografías, capítulos y otras obras académicas de Editorial PRAXIS.
01 · PRINCIPIOS Y REFERENCIAS
Orientación ética de la editorial
Editorial PRAXIS promueve la honestidad intelectual, la atribución adecuada de las contribuciones, la transparencia y el trato respetuoso. Las decisiones deben sustentarse en criterios académicos y editoriales, sin discriminación por características personales ajenas a la valoración de la obra.
- COPE · Committee on Publication Ethics: referencia para abordar la ética de la publicación, la autoría, los conflictos de interés, las posibles irregularidades y la corrección del registro académico.
- ICMJE · International Committee of Medical Journal Editors: recomendaciones consideradas cuando resulten pertinentes para contenidos de investigación médica, especialmente en materia de contribuciones, transparencia y responsabilidad de publicación.
- CONABIOS · Consejo Nacional de Bioética en Salud: referencia para los requisitos y disposiciones de evaluación bioética aplicables a investigaciones en salud realizadas en República Dominicana.
La utilización de estas referencias no implica membresía, acreditación, certificación ni aprobación de Editorial PRAXIS o de sus publicaciones por parte de esas organizaciones. Su aplicación se valora según el tipo de obra, el estudio y la jurisdicción correspondiente.
02 · AUTORÍA Y CONTRIBUCIONES
Reconocimiento y responsabilidad de los participantes
La autoría debe corresponder a una contribución intelectual sustancial y a la disposición de asumir responsabilidad por el contenido aportado. Todas las personas identificadas como autoras deben conocer su inclusión y aprobar la versión presentada para publicación.
No se admite la autoría honoraria, impuesta o atribuida a personas que no hayan contribuido, ni la omisión de quienes cumplan los criterios correspondientes. La financiación, la supervisión general o el apoyo administrativo no justifican por sí solos la autoría. Las demás contribuciones deben reconocerse de manera apropiada y con autorización cuando se identifique a sus responsables.
En obras colectivas se distinguirán las funciones de autor de capítulo, coordinador, compilador y editor académico. La coordinación de un volumen no convierte automáticamente a su responsable en coautor de todos los capítulos.
Los cambios de autoría requieren justificación y acuerdo documentado de las personas afectadas. Si existe una disputa que la editorial no pueda resolver, el trámite podrá suspenderse y solicitarse intervención de la institución competente. Las herramientas de inteligencia artificial no pueden figurar como autoras.
03 · ORIGINALIDAD Y ANTECEDENTES
Publicación previa y reutilización de materiales
Los responsables deben informar si la obra o parte de ella procede de una tesis, prepublicación, informe, artículo, edición anterior, traducción u otro material previamente difundido. Esa procedencia no implica rechazo automático, pero debe evaluarse la contribución de la nueva obra, la titularidad de los derechos y la transparencia de su presentación.
Las reediciones, adaptaciones y traducciones deberán identificarse como tales. No se admitirá presentar contenido previamente publicado como si fuera completamente nuevo ni mantener una evaluación simultánea incompatible sin informar a las partes y obtener los acuerdos pertinentes.
04 · ATRIBUCIÓN Y FUENTES
Plagio y manipulación de citas
No se admite la apropiación de textos, ideas, datos, imágenes, traducciones u otras contribuciones sin reconocimiento adecuado. La paráfrasis requiere atribución cuando reproduce ideas ajenas; modificar palabras o traducir un texto no elimina esa obligación.
La reutilización del propio trabajo debe declararse y citarse cuando corresponda. Las coincidencias se examinarán en su contexto: ningún porcentaje de similitud constituye por sí solo una prueba de plagio ni un criterio automático de aceptación o rechazo.
Las referencias deben ser pertinentes y verificables. No se admitirán referencias inventadas, atribuciones engañosas ni solicitudes de citas destinadas únicamente a aumentar indicadores de autores, editores o publicaciones.
05 · EVIDENCIA Y DOCUMENTACIÓN
Integridad de datos, análisis e imágenes
Los resultados deben representar fielmente el trabajo realizado. No se admite fabricar datos, alterar resultados, manipular imágenes de manera engañosa ni ocultar información relevante que cambie la interpretación de los hallazgos.
Los métodos, las limitaciones y las decisiones analíticas deben describirse con claridad suficiente para valorar la evidencia. Los ajustes legítimos de imágenes deben conservar su significado y declararse cuando sean relevantes.
La editorial podrá solicitar datos, registros o aclaraciones para examinar dudas concretas, respetando las restricciones éticas y de confidencialidad. Los responsables deberán explicar la disponibilidad y las condiciones de acceso a los materiales de respaldo cuando corresponda.
06 · SUPERVISIÓN ÉTICA
Investigación con personas y animales
Las obras que comuniquen investigaciones con participantes humanos deberán describir la revisión ética, el consentimiento y las demás autorizaciones que correspondan al diseño y contexto. Si existe una exención o dispensa, deberá identificarse y justificarse documentalmente.
Para investigaciones realizadas en República Dominicana, se solicitará documentación de las aprobaciones y autorizaciones exigibles según el estudio, incluidas las de CONABIOS cuando correspondan. Para estudios de otros países se considerarán los requisitos de las autoridades y comités competentes del lugar de realización.
El consentimiento para participar en una investigación no equivale necesariamente a autorizar la publicación de información identificable. Se deberá prestar especial atención a personas o grupos en situación de vulnerabilidad.
Los estudios con animales deberán informar las autorizaciones y medidas de bienestar pertinentes. La evaluación editorial no sustituye la aprobación de un comité de ética ni permite subsanar retrospectivamente la ausencia de una autorización exigible.
07 · TRANSPARENCIA E INDEPENDENCIA
Conflictos de interés y financiación
Autores, revisores y editores deben declarar relaciones económicas, profesionales, institucionales o personales que puedan influir, o parecer influir, en su participación. Declarar un conflicto no implica automáticamente exclusión; permite valorar cómo gestionarlo.
Deben identificarse las fuentes de financiación y el papel de los financiadores en el diseño, la obtención de datos, el análisis, la preparación de la obra y la decisión de publicarla, cuando corresponda.
El patrocinio, las relaciones institucionales o los pagos, si existieran conforme a la política de costos, no garantizan aceptación ni permiten omitir la evaluación requerida. Quienes tengan un conflicto que comprometa su imparcialidad deberán apartarse de la decisión.
08 · PROPIEDAD INTELECTUAL
Permisos y materiales de terceros
Los responsables deben comprobar que poseen los derechos o permisos necesarios para reproducir textos extensos, figuras, fotografías, instrumentos y otros materiales ajenos. Cada material debe identificar su procedencia y las condiciones aplicables.
Que un contenido esté disponible en Internet no significa que pueda reutilizarse libremente. Las licencias de las obras, los derechos conservados por los autores y las condiciones de reutilización se desarrollan en la política específica de acceso y licencias.
09 · EXAMEN DE IRREGULARIDADES
Comunicación y evaluación de posibles incumplimientos
Las alertas se examinarán antes o después de la publicación. Deben identificar la obra y aportar información concreta que permita valorar el problema. Las comunicaciones anónimas podrán considerarse si contienen evidencia suficiente; no se descartarán únicamente por su anonimato.
La editorial realizará una valoración inicial, preservará la documentación pertinente y solicitará explicaciones a las personas afectadas cuando proceda. Una denuncia no se considerará prueba automática de mala conducta. Los posibles conflictos del responsable del caso deberán gestionarse mediante su sustitución.
Podrá suspenderse la evaluación o publicación mientras se aclaran hechos relevantes. Cuando resulte necesario, se solicitará intervención de instituciones, comités u otras autoridades competentes. La información se compartirá de forma limitada y justificada, procurando proteger a quienes comuniquen preocupaciones de buena fe.
10 · OBRAS PUBLICADAS
Correcciones, advertencias y retractaciones
La respuesta dependerá de la naturaleza, el alcance y el efecto del problema sobre la obra o sus capítulos. El objetivo será proteger la fiabilidad del registro académico, no imponer una sanción mediante el aviso editorial.
- Corrección: permite subsanar errores delimitados cuando el contenido principal continúa siendo fiable.
- Expresión de preocupación: informa de dudas relevantes que requieren investigación o no han podido resolverse.
- Retractación: puede proceder ante problemas que invaliden sustancialmente el contenido o impliquen incumplimientos graves que justifiquen esta medida.
Los avisos deberán identificar el contenido afectado, explicar los motivos y enlazarse con su registro bibliográfico. Cuando el problema se limite a un capítulo, se valorará una actuación sobre esa unidad sin atribuir automáticamente la misma responsabilidad al resto de la obra.
No se eliminará silenciosamente una publicación para ocultar un problema. La retirada del texto completo será excepcional y deberá justificarse, por ejemplo, ante riesgos graves o exigencias legales, conservando la información pública que resulte apropiada sobre la actuación.
11 · RELACIÓN CON OTRAS POLÍTICAS
Aplicación coordinada
Esta página desarrolla los criterios de integridad. Las etapas de evaluación se explican en el proceso editorial; el tratamiento de información personal, en privacidad; los usos y declaraciones sobre inteligencia artificial, en su política específica; y las solicitudes de reconsideración, en quejas y apelaciones. Esos documentos complementan esta política sin sustituirla.
REFERENCIAS INSTITUCIONALES
Documentos y organismos de consulta
COPE · Prácticas fundamentales de ética de la publicación
CANAL INSTITUCIONAL
Comunicar una preocupación de integridad
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